A partir del 28 de octubre empezará a funcionar en la Segunda Circunscripción Judicial la Defensoría Oficial en lo Civil, Comercial, Ambiental y Laboral Nº 2 y en la Tercera Circunscripción Judicial la Defensoría en Niñez, Adolescencia e Incapaces Nº 2.
El Superior Tribunal de Justicia dispuso a través del Acuerdo Nº 265/24 el funcionamiento, a partir del 28 de octubre, de Defensorías en lo Civil, Comercial, Ambiental y Laboral y de Niñez, Adolescencia e Incapaces para la Segunda y Tercera Circunscripción respectivamente.
Para la Defensoría Oficial en lo Civil, Comercial, Ambiental y Laboral Nº 2 de la Segunda Circunscripción Judicial, se designó con carácter provisorio a la Dra. Nadia Guardia inter se designe el funcionario titular o en su defecto se cumpla el plazo máximo de un año, lo que ocurra primero. Dicha dependencia, funcionará con asiento en la ciudad de Villa Mercedes y fue creada por la Ley Nº IV-1106-2023.
Para la Defensoría en Niñez, Adolescencia e Incapaces Nº 2 de la Tercera Circunscripción Judicial, se designó con carácter provisorio a la Dra. Jesuana Ailen Barrios Romero inter se designe el Funcionario titular o en su defecto se cumpla el plazo máximo de un año, lo que ocurra primero, esta dependencia funcionará en el Edificio “Dr. Tomás Jofré” con competencia en los departamentos Chacabuco, San Martín y Junín y fue creada por la Ley Nº IV-1106-2023.
El acto de juramento se llevará a cabo el próximo 28 de octubre a las 12:00 hs en la Sala de Acuerdos del Palacio de Justicia de la ciudad de San Luis.
ADM 15367/24
“PROTOCOLO DE ACUERDOS 2024”
ACUERDO N° 265-STJSL-SA-2024.- En la Provincia de San Luis, a VEINTIDÓS
días del mes de OCTUBRE de DOS MIL VEINTICUATRO, los Sres. Ministros del
Superior Tribunal de Justicia, Dres. EDUARDO SEGUNDO ALLENDE, ANDREA
CAROLINA MONTE RISO, JORGE ALBERTO LEVINGSTON, JOSÉ GUILLERMO
L’HUILLIER y CECILIA CHADA.-
DIJERON: Vista la Resolución Nº 19-MPD-SLDG-2024, de Defensoría General,
en la que se resuelve: “Elevar propuesta al Superior Tribunal de Justicia a fin de
que se designe de modo provisorio a: a) Dr. Juan Esteban Muñoz, Defensor Civil,
Comercial, Ambiental y Laboral N° 2, de la Primera Circunscripción Judicial. b)
Dra. Nadia Guardia, como Defensora Civil, Comercial, Ambiental y Laboral N° 2,
de la Segunda Circunscripción Judicial. c) Dra. Jesuana Ailén Barrios Romero,
como Defensora de Niñez, Adolescencia e Incapaces N° 2, de la Tercera
Circunscripción Judicial…” (adjunto de actuación N° 25827899/24 del expediente
ADM 13316/22).-
Que la Ley Nº IV-0086-2021 (conforme texto modificado por Ley Nº IV1106-2023) en el art. 3 inc. a) ap. 14 e inc. b) ap. 13, establece que en la Primera
y Segunda Circunscripción actuarán dos Defensorías Oficiales en lo Civil,
Comercial, Ambiental y Laboral, y en el art. 3 inc. d) ap. 8 señala que en la Tercera
Circunscripción, con asiento en Sala Multifueros Tomás Jofré y con competencia
en los departamentos Chacabuco, San Martín y Junín, actuará una Defensoría de
Niñez, Adolescencia, e Incapaces.-
Que la Ley Nº IV-0086-2021 (modificada por Ley Nº IV-1106-2023) en
el artículo 21 establece: “(…) Para los casos de licencias mayores a TREINTA (30)
días o vacancias, el Superior Tribunal de Justicia podrá designar un reemplazante
con carácter provisorio. La designación provisoria debe recaer en alguien que
oportunamente se haya sometido a la Comisión de Evaluación Técnica que por ley
corresponda y haya aprobado el examen, habiendo sido calificado como
recomendable para el cargo a cubrir. El Juez o Funcionario Judicial Provisorio
durará en el cargo hasta que se cubra la vacante o en su defecto se cumpla el
plazo máximo de UN (1) año”.-
Que el art. 15 inc. o) de la Ley Nº IV-1052-2021 (modificada por Ley Nº IV1106-2023) determina como atribuciones y funciones del Defensor General:
“Proponer al Superior Tribunal de Justicia, en caso de vacancia de funcionarios
pertenecientes a la Defensoría General, el nombramiento de provisorios”.-
Que, en actuaciones N° 25827899/24, Nº 25973906/24, N° 26003374/24,
N° 26036388/24 y N° 26089334/24 del ADM 13316/22, obra lo actuado por
Dirección de Recursos Humanos en el marco de las atribuciones y deberes
determinados en los arts. 50 incs. 1) y 2) y 51 incs. 2) y 13) de la Ley N° IV-0086-
2021(modificada por Ley Nº IV-1106-2023), informando en lo que respecta al Dr.
Juan Esteban Muñoz, que actualmente ejerce funciones como Secretario del Área
Despacho de la Oficina de Gestión Unificada de la Cámara de Apelaciones en lo
Civil, Comercial, Ambiental, Familia, Niñez, Adolescencia, Violencia y Laboral de la
Primera Circunscripción Judicial, siendo el único funcionario que desempeña dicho
rol y que no resulta factible su reemplazo con designación provisoria en atención a
otros requerimientos funcionales.-
Que, en adjunto de actuación N° 25973906/24 del referido ADM, obra
informe de Secretaría del Consejo de la Magistratura dando cuenta que, entre
otros profesionales, la Dra. Guardia Nadia Soledad, ha resultado recomendable
para el cargo de Defensor Oficial en lo Civil, Comercial, Ambiental y Laboral de la
Segunda Circunscripción Judicial, en fecha 28/6/2024, y que la Dra. Barrios
Romero Jesuana Ailen ha resultado recomendable para el cargo de Defensor en
Niñez, Adolescencia e Incapaces de la Tercera Circunscripción con asiento en
Sala Multifueros Tomás Jofré, en fecha 5/7/2024.-
Que dado lo expuesto y a fin de asegurar el debido servicio de justicia -art.
214 inc. 5) de la Constitución Provincial-, corresponde adoptar las medidas
pertinentes para el funcionamiento de la Defensoría Oficial en lo Civil, Comercial,
Ambiental y Laboral Nº 2 de la Segunda Circunscripción Judicial y la Defensoría
en Niñez, Adolescencia e Incapaces Nº 2 de la Tercera Circunscripción Judicial.-
Que, en adjuntos de actuación N° 26036388/24 del mismo ADM, Secretaría
de Informática Judicial informa: “…Atento a los actuales requerimientos de las
Subsecretarías Sistema y Base de Datos por estabilización de funcionalidades del
nuevo sistema informático, y las tareas necesarias para incorporar en el mismo a
los dos nuevos Organismos como los detallados, se estima pertinente prever su
funcionamiento a partir de la semana que inicia el 21/10/2024…” .-
Que, por su parte, Defensoría General en relación a las Defensorías de
Niñez, Adolescencia e Incapaces manifiesta que: “…se distribuirán de la siguiente
manera: Defensoría de Niñez, Adolescencia e Incapaces Nº 1 (con asiento en la
Ciudad de Concarán y con competencia en los departamentos Chacabuco, San
Martín y Junín): Dra. Gabriela Verónica L´Huillier. Defensoría de Niñez,
Adolescencia e Incapaces Nº 2 (con asiento en el Edificio Multifueros Tomás Jofré,
sobre la Autopista de Los Comechingones con competencia en los departamentos
Chacabuco, San Martín y Junín): Dra. Jesuana Ailen Barrios Romero” y en cuanto
al personal para los Organismos destaca que: “…se trabajará con el personal
existente en consonancia con lo dispuesto en la Resolución Nº 14-MPDSL-DG2024 en el que se establece una estructura de trabajo flexible para las
dependencias que pertenecen a este Ministerio Público en la Tercera
Circunscripción Judicial en las que, desde agosto de este año, funcionan las
“Mesas de Gestión Unificada Multifuero”. No obstante, se solicita que ante el
ingreso de personal y/o el traslado de agentes judiciales en la Tercera
Circunscripción, se de prioridad a las dependencias del MPD...” y en adjunto de
actuación N° 26089334/24 se agrega que “…ha dispuesto replicar en la Segunda
Circunscripción Judicial, lo resuelto en Resolución N°14-MPDSL-DG-2024, es
decir "Establecer el funcionamiento de una Mesa de Gestión Unificada ...".-
Que Secretaría Contable, en actuación Nº 25863538/24 del ADM 13316/22,
refiere: “En relación a la factibilidad presupuestaria solicitada, designación interina
de tres (3) cargos de Defensor de primera instancia, actuación N°25827899 del
expte. ADM N°13316/22, se informa que, se dispone de partidas presupuestarias
para tal fin, de acuerdo a las proyecciones del gasto efectuadas hasta el mes de
diciembre según estructura de personal actualmente en funciones…”.-
Por ello, y conforme a lo dispuesto en los arts. 12 y 21 de la Ley Orgánica
de Administración de Justicia y 7 y 15 incs. o), q) y s) de la Ley Nº IV-1052-2021
(modificada por Ley Nº IV-1106-2023);
ACORDARON: I) DISPONER el funcionamiento, a partir del día 28 de Octubre de
2024, de la Defensoría Oficial en lo Civil, Comercial, Ambiental y Laboral Nº 2 de
la Segunda Circunscripción Judicial, con asiento en la ciudad de Villa Mercedes,
creada por la Ley Nº IV-1106-2023.-
II) DESIGNAR, con carácter provisorio, a la Dra. NADIA
SOLEDAD GUARDIA, D.N.I. Nº 31.526.050, en el cargo de “DEFENSOR
OFICIAL EN LO CIVIL, COMERCIAL, AMBIENTAL Y LABORAL Nº 2 DE LA
SEGUNDA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL”, inter se designe el Funcionario titular
o en su defecto se cumpla el plazo máximo de un año, lo que ocurra primero,
FIJANDO el correspondiente acto de juramento para el día LUNES 28 de
OCTUBRE de 2024, a la hora doce (12:00 hs.), en la Sala de Acuerdos del Palacio
de Justicia de la ciudad de San Luis.-
III) ESTABLECER que, inter dure la designación provisoria
dispuesta en el punto precedente, la Dra. Nadia Soledad Guardia no prestará
funciones como personal del escalafón administrativo de la Segunda
Circunscripción Judicial, cargo que retendrá.-
IV) DISPONER el funcionamiento, a partir del día 28 de Octubre
de 2024, de la Defensoría en Niñez, Adolescencia e Incapaces Nº 2 de la Tercera
Circunscripción Judicial, con asiento en el Edificio “Dr. Tomás Jofré” y con
competencia en los departamentos Chacabuco, San Martín y Junín, creada por la
Ley Nº IV-1106-2023.
V) DESIGNAR, con carácter provisorio, a la Dra. JESUANA AILEN
BARRIOS ROMERO, D.N.I. Nº 36.077.176, en el cargo de “DEFENSOR EN
NIÑEZ, ADOLESCENCIA E INCAPACES Nº 2 DE LA TERCERA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL” con asiento en el Edificio “Dr. Tomás Jofré”, inter
se designe el Funcionario titular o en su defecto se cumpla el plazo máximo de un
año, lo que ocurra primero, FIJANDO el correspondiente acto de juramento para el
día LUNES 28 de OCTUBRE de 2024, a la hora doce (12:00 hs.), en la Sala de
Acuerdos del Palacio de Justicia de la ciudad de San Luis.-
VI) ESTABLECER que, inter dure la designación provisoria
dispuesta en el punto precedente, la Dra. Jesuana Ailen Barrios Romero no
prestará funciones como personal del escalafón administrativo de la Tercera
Circunscripción Judicial, cargo que retendrá.-
VII) TENER PRESENTE lo manifestado por la Defensoría General
en cuanto a que la Defensoría Oficial en lo Civil, Comercial, Ambiental y Laboral
Nº 2 de la Segunda Circunscripción Judicial funcionará con el personal asignado a
una Mesa de Gestión Unificada del Ministerio Público de la Defensa de la misma
Circunscripción Judicial y que la Defensoría en Niñez, Adolescencia e Incapaces
Nº 2 de la Tercera Circunscripción Judicial, con asiento en el Edificio “Dr. Tomás
Jofré”, funcionará con el personal asignado a una Mesa de Gestión Unificada del
Ministerio Público de la Defensa para la Tercera Circunscripción Judicial, conforme
a lo previsto en la Resolución Nº 14-MPDSL-DG-2024 -art. 15 inc. q) de la Ley Nº
IV-1052-2021 (modificada por Ley Nº IV-1106-2023)-.-
VIII) HACER OPERATIVAS, a partir del día 28 de Octubre de
2024, las denominaciones de las siguientes Defensorías, que actuarán conforme a
los turnos que se determinen por Defensoría General -art. 15 inc. s) de la Ley Nº
IV-1052-2021 (modificada por Ley Nº IV-1106-2023)-:
a) Con asiento en la ciudad de Villa Mercedes:
- Defensoría Oficial en lo Civil, Comercial, Ambiental y Laboral Nº 1 de la Segunda
Circunscripción Judicial, a cargo de la Sra. Defensora, Dra. Alejandra Judith
Guerra Abadie.
- Defensoría Oficial en lo Civil, Comercial, Ambiental y Laboral Nº 2 de la Segunda
Circunscripción Judicial, a cargo, provisoriamente, de la Sra. Defensora, Dra.
Nadia Soledad Guardia.
b) Con asiento en la Ciudad de Concarán y con competencia en los
departamentos Chacabuco, San Martín y Junín:
- Defensoría en Niñez, Adolescencia e Incapaces Nº 1 de la Tercera
Circunscripción Judicial, a cargo de la Sra. Defensora, Dra. Gabriela Verónica
L´Huillier.
c) Con asiento en el Edificio “Dr. Tomás Jofré” y con competencia en los
departamentos Chacabuco, San Martín y Junín:
- Defensoría en Niñez, Adolescencia e Incapaces Nº 2 de la Tercera
Circunscripción Judicial, a cargo, provisoriamente, de la Sra. Defensora, Dra.
Jesuana Ailen Barrios Romero.
IX) DISPONER que la Unidad de Protocolo y Ceremonial y la
Oficina de Prensa y Comunicación Institucional arbitren las medidas pertinentes
para la realización del referido acto de juramento en observancia de lo dispuesto
por los arts. 46 inc. 37 y 104 inc. a) ap. 9 de la Ley Orgánica de Administración de
Justicia.-
X) DISPONER que Secretaría Contable, Secretaría de Informática
Judicial y la Oficina de Mantenimiento y Servicios de la Segunda y Tercera
Circunscripción Judicial deberán arbitrar lo necesario, y en el ámbito de sus
competencias, en lo relativo a mobiliario, equipamiento informático, medidas
tecnológicas en sistemas informáticos y correos institucionales, refuncionalización
y/o reubicación de oficinas, despachos, etc. para el óptimo funcionamiento de las
Defensorías sobre las que se dispone en el presente Acuerdo.-
XI) DETERMINAR que por Secretaría Administrativa se publique el
presente Acuerdo en la página web institucional del Poder Judicial de la Provincia
en el link “Acuerdos” y en el Boletín Oficial y Judicial de la Provincia, por un día.-
Con lo que se dio por terminado el acto, disponiendo los Sres.
Ministros que se agregue copia del presente Acuerdo en ADM 13316/22 y que
VUELVA a Dirección de Recursos Humanos para las comunicaciones a todo el
Personal y Organismos del Poder Judicial de la Provincia, y a los Colegios de
Abogados y Procuradores de las tres Circunscripciones Judiciales.-
DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS
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